Criptos, EMTs, Bitcoin y otros Dineros del Montón
- AAmstg

- 21 feb
- 11 Min. de lectura
Actualizado: 9 jun
Simples Notas sobre Reservas Estratégicas y Masas Monetarias
... Será por hambre o por ganas de comer, será por necesidad o será por virtud; será porque el dinero-deuda apenas le queda margen para maniobrar en un oceano de Bonos sin que le estallen las costuras a los bancos centrales o será porque hay activos digitales que quieran ser dinero en lugar del dinero; lo cierto es que los hay que cuentan con el respaldo de los Bancos Centrales y los hay que aún no cuentan con ello. Y, además, bitcoin se ha hecho un lugar bajo el Sol y bajo las estrellas también, pues se cotiza en el mercado a régimen de 24 / 7 y está seriamente impulada su volatilidad por las emisiones de ETF de bitcoin, con lo que también los grandes se arraciman en la orilla al impulso de este indudable aliciente ....
Seis ideas que anoto luego de dejar publicado mis conversacioens sobre qué pasa bitcoin desde que El Salvador lo dejó un tanto a su aire dentro del su sistema nacional de medios reconocidos de pago (ver aquel post aquí):
1) El 'dinero legal' y el 'dinero bancario' se distribuyen en diferentes masas monetarias o cuasi monetarias (las M0, M1, M2, M3 y M4) según determina Basilea (Banco Internacional de Pagos).
2) Si los ‘criptos’ y el ‘bitcoin’ no son 'dinero' ('moneda') no pueden formar parte de ninguna de tales ‘Masas’, por lo tanto, no pueden estar adscritos al Balance de ningún Banco Central en tanto que ‘dinero’. Esto es pura taxonomía; no se puede orillar.
3) Ello no impide que haya (algunos) Bancos Centrales que hayan adquirido o incorporado, puntual o testimonialmente, a sus Balances todos o algunos de estos activos digitales: criptoactivos, criptomonedas, bitcoin. Siquiera fuera para analizar la etiología y desempeño en el manejo de estos activos digitales con los que habría que relacionarse.
4) Las criptomonedas (prescindiremos de otros criptoactivos a estos efectos) pueden estar emitidas por un Banco Central (y entonces se denominan con el acrónimo CBDCs) o no, que es tipo de cripto que estaría llamado a representar la posición del activo digital dinero emitido por la Banca Central.
5) Existe un tipo de criptoactivo sujeto al MICA de la UE, los e-money tokens (EMTs) que se dicen ‘dinero'.
Finalmente,
6) El 'bitcoin' como 'tertius genus' diferente del 'dinero' (o 'moneda'), pero también de la ‘criptomoneda' y de los ‘CBDCs’, que claramente no está emitido por un Banco Central ni por una entidad privada, sino por un sistema autónomo descentralizado.
Este es un asunto realmente fascinante y plantea varias cuestiones complejas desde el punto de vista tanto teórico como práctico. ¿cómo podrían integrarse los criptoactivos o Bitcoin, en los balances de los Bancos Centrales (BC) o en los sistemas monetarios globales? ¿Qué habría de ocurrir para que formen parte de un Sistema de Reserva Estratégica com el que plantea la Administración de Mr Trump, the POTUS?
Adelanto mi opinión: será necesario un cambio de paradigma normativo y regulatorio. Los criptoactivos, que hoy no cumplen con las funciones tradicionales de "dinero", podrían entrar en la ecuación mediante CBDCs, e-money tokens (EMTs) y un sistema normativo que permita que se reconozca su valor y estabilidad como parte de las reservas internacionales. Sin embargo, todo esto está condicionado a una evolución en la política monetaria global, que permita nuevas definiciones de lo que es "dinero" y un marco más flexible para los activos digitales.
Tres ideas que apuntar al comienzo::
¿Qué es el dinero y qué formas adopta?
El dinero es aquel instrumento ampliamente aceptado en una sociedad para facilitar transacciones económicas para lo que tendrá que cumplir tres funciones principales: 1ª) Ser un medio de intercambio, facilitado de la compraventa de bienes y servicios sin necesidad de trueque; es decir, sin necesidad de la concurrencia de la doble y recíproca solución de necesidades entre los contratantes. 2ª) Ser unidad de cuenta, sirviendo como medida de valor para comparar el precio de bienes y servicios. 3ª) Ser reserva de valor, permitiendo almacenar riqueza aún no trasada para su uso futuro. La expresión-fuerza dentro de esta definición es "ampliamente aceptado".
El dinero puede adoptar dos diferentes formas a las que se les une una tercera y, más recientemente una cuarta que se postula por incorporarse al concepto de dinero. Todas las formas actuales de dinero se corresponden, por su fuente de valor, a lo que se conoce como dinero-deuda, es decir surgio de la previa emisión de deuda publica por los Estados, que ostentan bajo monopolio el derecho de emitir dinero.
Las formas del dinero son: 1ª) Dinero legal: Monedas y billetes emitidos por un Banco Central (por ejemplo, euros o dólares). 2ª) Dinero bancario: Depósitos en cuentas bancarias que pueden convertirse en dinero legal. 3ª) Dinero electrónico: Representaciones digitales de valor, como los saldos en tarjetas prepago o monederos electrónicos. 4ª) Criptomonedas: Aún no son dinero, sino activos digitales no emitidos por los bancos centrales sino por entidades privadas con la expectativa de que se reciizcan como medio de intercambio de manera oficial y normalmente centralizados. A los que les uniría el bitcoin, emitida descentralizadamente y que se reconocerá en El Salvador, a partir del 1º de Abril del 2025, sólo como medio de intercambio solutorio de deudas entre particulares.
¿Qué son las Masas Monetarias y qué clases hay?
Las masas monetarias son agregados que miden la cantidad de dinero en circulación en una economía. Se clasifican en diferentes categorías (M0, M1, M2, M3, M4) según su liquidez y su proximidad al dinero físico. Estas categorías son definidas por el Banco Internacional de Pagos (BIS) y utilizadas por los Bancos Centrales para gestionar la política monetaria.
Clasificación de las Masas Monetarias
1. M0, que es la Base Monetaria, e incluye el dinero legal en circulación (billetes y monedas) más las reservas de los bancos comerciales en el Banco Central. Es la medida más líquida y estrecha de la oferta monetaria.
2. M1, que incluye la M0 más los depósitos a la vista (cuentas corrientes) y otros activos líquidos que pueden convertirse rápidamente en efectivo. Representa el dinero disponible para transacciones inmediatas.
3. M2, que Incluye la M1 más los depósitos de ahorro y los depósitos a plazo corto (hasta dos años). Es una medida más amplia que incluye activos ligeramente menos líquidos.
4. M3, que incluye la M2 más los instrumentos financieros de mayor plazo, como fondos del mercado monetario y valores negociables en dicho mercado. Es la medida más amplia de la oferta monetaria, pero algunos Estados distinguen otra Masa:
5. M4 (así, en el Reino Unido), que incluye la M3 más otros activos líquidos, como letras del Tesoro o bonos a corto plazo. No es utilizada universalmente, pero en algunos sistemas financieros se emplea para medir la liquidez total.
¿Qué relación existe entre el dinero y las masas monetarias?
- El dinero legal (billetes y monedas) forma parte de la M0 y la M1.
- El dinero bancario (depósitos) se incluye en M1, M2 y M3, dependiendo de su liquidez.
- Las criptomonedas, al no ser emitidas por un Banco Central ni estar reconocidas universalmente como dinero, no forman parte de las masas monetarias tradicionales. Sin embargo, si un Banco Central decide incluir criptoactivos en sus reservas, podrían considerarse como parte de una nueva categoría de activos estratégicos.
El dinero es un concepto fundamental en la sociedad, la economía, el derecho y en los mercados, mientras que las masas monetarias son herramientas para medir su circulación y liquidez. en lo que se corresponde a la aparición y evolución de las criptomonedas y otros activos digitales (bitcoin) está desafiando las definiciones tradicionales de dinero, y queda por saber si tales redefiniciones tendran sentido para resolver los probemas generados por el actual estado de cosas surgido por el dinero-deuda.
1. El Contexto de las Reservas Estratégicas de Criptoactivos y Bitcoin
Conviene insistir que la idea de una reserva estratégica de criptoactivos o Bitcoin en los balances de los Bancos Centrales (BC) no es algo que esté establecido dentro de las normativas monetarias tradicionales, por lo que se trata de una innovación en términos de política financiera global. Dicho esto, lo vemos paso a paso:
a) ¿Qué es una Reserva Estratégica?
Una reserva estratégica es un fondo o conjunto de activos mantenidos por un gobierno o institución para proteger o estabilizar una divisa o economía en momentos de crisis. En el contexto de las criptomonedas y el USD, una reserva estratégica podría incluir una combinación de dólares estadounidenses y criptoactivos para diversificar riesgos y proporcionar liquidez en situaciones de volatilidad extrema.
b) ¿Qué sería 'bitcoin' en este contexto?
El Bitcoin no es un "dinero" en el sentido convencional, ya que no está emitido ni respaldado por un Banco Central, ni está regulado por ninguna autoridad financiera en el sentido clásico. En cambio, es un activo digital descentralizado y con un suministro limitado. Esto lo convierte en un "tertius genus": ni dinero, ni activo financiero clásico, pero sí un activo que puede tener un papel significativo en las reservas o carteras de inversión.
A diferencia de las monedas tradicionales o el dinero bancario, que están sujetos a las regulaciones monetarias del Banco Central (como los sistemas M0, M1, M2, etc.), el Bitcoin es parte de un sistema autónomo descentralizado. Sin embargo, es importante observar que el Bitcoin y los criptoactivos más convencionales pueden desempeñar un papel como reserva de valor y activos estratégicos en carteras de países o incluso de Bancos Centrales, dependiendo de su enfoque hacia la tecnología. Esta cualidad estratégica se puede también predicar de otros activos; oro, yacimientos de petroleo o gas, yacimientos de minerales o reservas de agua.b) ¿Qué pasa con los e-money tokens y su relación con el MICA de la UE?
Los e-money tokens (EMTs) son una categoría que está definida bajo el Reglamento MICA (Markets in Crypto Assets) de la UE, y están clasificados dentro de los criptoactivos. Aunque los EMTs se consideran dinero digital y se dice que están o estarán diseñados para mantener un valor estable (lo cuál no deja de ser ciertamente -y de momento- sólo un deseo, tampoco son "dinero" en el sentido tradicional de la palabra (es decir, no están respaldados directamente por los Bancos Centrales). Sin embargo, cabría que pudieran representar dinero fiduciario (fiat), como un dólar o euro, pero al ser emitidos por entidades privadas bajo el marco regulador, tendría que pasar al menso dos cosas: integrarse en dicho marco regulador, y que Basilea incorporase tales activos en alguna de las masas monetarias que segmentan los balances de los bancos centrales (y comerciales).
En pocas plabras: ¿Cómo integrar los EMTs en alguna de las Masas Monetarias de Basilea?
1. Reconocimiento como Dinero Electrónico: Los EMTs deben ser reconocidos como una forma de dinero electrónico, lo que permitiría su inclusión en las masas monetarias M1 (dinero en circulación y depósitos a la vista).
2. Supervisión y Regulación: Bajo MICA, los EMTs estarían sujetos a una supervisión rigurosa, asegurando su estabilidad y protección al consumidor. Esto facilitaría su aceptación y uso generalizado.
3. Interoperabilidad: Los EMTs deben ser interoperables con otros sistemas de pago y monedas electrónicas, permitiendo su integración sin problemas en el sistema financiero existente.
4. Reservas Estratégicas: Este sería un adecuado fin de trayecto en esta incorporación al dinero. Los EMTs podrían formar parte de las reservas estratégicas de los Bancos Centrales de la UE, proporcionando una herramienta adicional para la gestión de la política monetaria y la estabilidad financiera.
2. ¿Cómo pueden integrarse los criptoactivos y el bitcoin en los balances de los Bancos Centrales?
El tema central aquí es cómo los activos pueden formar parte de las reservas estratégicas de un Banco Central. Esto podría suceder a través de uno de los siguientes caminos, aunque ninguno es sencillo ni directo en términos de integración actual:
a) Reconocimiento como parte de reservas internacionales:
Para que uno de tales activos (incluyendo Bitcoin) puedan integrarse en los balances de un Banco Central como parte de sus reservas internacionales, tendría que ser reconocido por los bancos centrales como un activo que cumple con las funciones de una reserva: estabilidad, valor, y liquidez. Esto sería un cambio de paradigma en la manera en que las reservas se componen hoy en día (principalmente metales preciosos y divisas tradicionales). En la hipótesis del Bitcoin, éste podría ser considerado una reserva de valor, aunque no una moneda, debido a su escasez y demanda establecida, especialmente si se mantiene dentro de una canasta de criptoactivos con otros activos más estables es una de las sugerencias que se ofrecen.
b) Acceso a la función de "respaldar" la emisión de dinero o de deuda:
Los Bancos Centrales tienen la capacidad de respaldar la emisión de deuda o de dinero fiduciario con activos, que tradicionalmente han sido oro o divisas extranjeras. Sin embargo, los criptoactivos, y singularmente el Bitcoin, no se consideran lo suficientemente líquidos ni estables para respaldar directamente la emisión de monedas fiduciarias por parte de un Banco Central. Esta doble condición: liquidez y estabilidad es lo que se exhibe para oponerse a la asignación del papel de dinero (lo vimos en el caso de El Salvador).
c) Creación de CBDCs (Monedas Digitales de Banco Central):
Si bien el Bitcoin no está emitido por un Banco Central, un CBDC (Central Bank Digital Currency) sí lo estaría. De hecho, los CBDCs están pensados como monedas digitales emitidas y respaldadas por los Bancos Centrales y tienen hoy en día más serias oportunidades de acceder a esta categoría en el futuro del sistema monetario digital que los Criptos emitidos por entidades privadas, o el bitcoin en el actual estado de cosas. Si un Banco Central emite un CBDC, la idea de reservas estratégicas de criptoactivos podría implicar también la hipótesis de que algunos activos digitales (como Bitcoin) estén respaldando esas monedas digitales en una canasta de activos digitales.
d) Cambios normativos para admitir criptoactivos en las reservas:
El marco regulatorio también tendría que evolucionar para permitir que los criptoactivos estén “integrados” en los balances de los Bancos Centrales. Esto implicaría cambios significativos en las reglas que definen las masas monetarias (M0, M1, M2, etc.) bajo el sistema de Basilea; ya referido arriba. Actualmente, estas categorías están reservadas para monedas tradicionales y activos bancarios, pero en un escenario donde los criptoactivos sean aceptados como reservas estratégicas, necesariamente a de haber una reformulación de estas definiciones.
En pocas palabras: Pasos a seguir para integrar criptos y bitcoin en los balances de los Bancos Centrales
Para que criptoactivos y Bitcoin) puedan integrarse en los balances de los Bancos Centrales y desempeñar funciones de respaldo estratégico, se necesitarían varios pasos:
1. Regulación y Reconocimiento Legal: Los criptoactivos deben ser reconocidos legalmente como activos financieros válidos. Esto implica una regulación clara que defina su estatus, tratamiento fiscal, y normas de custodia.
2. Valuación y Contabilidad: Establecer métodos de valuación consistentes y aceptados internacionalmente para los criptoactivos. Esto es crucial para su inclusión en los balances de los Bancos Centrales.
3. Custodia y Seguridad: Desarrollar infraestructuras seguras para la custodia de criptoactivos, incluyendo soluciones de almacenamiento en frío y protocolos de seguridad cibernética.
4. Liquidez y Mercados Secundarios: Asegurar que existan mercados líquidos para la compraventa de estos activos, permitiendo a los Bancos Centrales comprar y vender criptoactivos según sea necesario.
5. Coordinación Internacional: Establecer acuerdos internacionales para la gestión y uso de reservas estratégicas que incluyan criptoactivos, evitando arbitrajes regulatorios y promoviendo la estabilidad financiera global.
3. ¿Cómo se podría conseguir la integración de las reservas estratégicas de criptoactivos (y también Bitcoin) en el sistema monetario tradicional?
El proceso podría realizarse asi:
a) Aceptación de la estabilidad y la correlación con las reservas fiduciarias:
Lo primero sería que los Bancos Centrales, en especial el Federal Reserve o el Banco Central Europeo, aceptaran que el Bitcoin y otros criptoactivos pudieran formar parte de sus reservas en lugar de solo monedas tradicionales y metales preciosos. Esto implicaría una evaluación constante de la estabilidad y del impacto macroeconómico que tendría su inclusión.
b) Posibilidades de regulación financiera global:
El MICA de la UE ya establece un marco para los criptoactivos, lo que facilita el análisis y la regulación de activos digitales. Sin embargo, la armonización a escala global sería esencial para permitir que los criptoactivos puedan ser aceptados como reservas dentro de los balances de los Bancos Centrales. Esta armonización ni está ni se la espera en breve, sin antes dejar resuelto en principal problema de los dineros legal y bancario actuales: su naturaleza de ser dinero-deuda en un estado de cosas donde la deuda ya emitida resulta inabordable.
c) Creación de un protocolo global:
Una vez establecidas normas claras para los criptoactivos en el contexto financiero global, los Bancos Centrales podrían crear un protocolo que permita la inclusión de criptoactivos, y del Bitcoin, de forma segura y monitoreada. Esto podría suponer abrir la posibilidad para la tokenización de activos tradicionales y permitir una mayor flexibilidad en el tipo de activos que respaldan las reservas de los BC.
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La integración de criptoactivos, incluyendo Bitcoin y EMTs, en los balances de los Bancos Centrales y en las masas monetarias requiere un marco regulatorio claro, infraestructuras seguras, y coordinación internacional. Cabe entender que los EMTs, bajo la regulación de MICA, tengan un camino más claro hacia su aceptación como dinero electrónico, Bitcoin y otras criptomonedas descentralizadas enfrentan mayores desafíos debido a su volatilidad y falta de emisor central. Sin embargo, con el tiempo y la evolución de las regulaciones, es posible que veamos una mayor integración de estos activos en el sistema financiero global.




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